Publicidad electoral del verde a cambio de impunidad
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, cuya titular es Araceli Martínez Acosta toleró la flagrante violación a la ley de parte de permisionarios del transporte público durante 2024, que portaron promoción electoral ilegal relacionados con candidatos y del partido verde en el estado.
Tras una investigación realizada por la organización Ciudadanos Observando, se detectó que la línea con más unidades portando este tipo de publicidad no autorizada fue la de Transportes Urbanos y Suburbanos Tangamanga S.A. de C.V. seguida de Servicios de Transporte Suburbano de Turismo y Empresarial de la Línea Soledad San Luis S.A. de C.V conocida como Ruta 3.
También es muy importante señalar que, ya se había denunciado que 379 unidades del transporte público estaban circulando fuera de la ley, ya que excedieron el plazo legal de uso que es de diez años como máximo. Y fue precisamente Transportes Urbanos y Suburbanos Tangamanga la que circuló con el 62% de sus unidades vencidas. ¿A qué se debió que muy concretamente que esta línea fuera tolerada y sea la que más publicidad electoral sin autorización portó?: un acuerdo de promoción a cambio de impunidad.
Estos camiones conocidos como “los verdes” hicieron honor al mote y colocaron promoción electoral, principalmente de la candidata al senado Ruth González y en menor escala de Sonia Mendoza que buscaba la presidencia municipal de la capital de San Luis Potosí y fue reforzada con publicidad del partido verde.
Pero vayamos a lo que claramente señala la Ley del Transporte en el Estado de San Luis Potosí, el artículo 81 en su fracción XVII menciona que son obligaciones de los concesionarios y permisionarios: abstenerse de colocar publicidad y propaganda de cualquier tipo, en las unidades del transporte público, en sus paraderos, bases de servicio y terminales, sin que medie autorización previa y por escrito de la secretaría.
Igualmente, el artículo 100 señala que en los vehículos destinados al servicio de transporte público y los servicios auxiliares del mismo, podrá exhibirse publicidad y propaganda, cuyas características, en cuanto a sus dimensiones y forma, serán autorizados expresamente por la Secretaría, de conformidad con los respectivos ordenamientos vigentes en la materia. Ante esto, es una expresa prohibición en la ley de transporte público si no se cuenta con la autorización correspondiente.
Para conocer si existía una previa autorización por parte de la SCT estatal, se realizó dos solicitudes de información con folios 241229824000157 y 241229825000005 donde textualmente dice: “Requiero se me indique de forma concreta el número económico, número de concesión, concesionario y modelo de la unidad, que fueron autorizados por esta secretaría para portar publicidad electoral u oficial del gobierno del estado durante los meses de abril, mayo, junio, junio, julio y agosto del 2024. Así mismo indique exactamente qué tipo de publicidad portó cada unidad (si fue electoral detalle el candidato y si fue oficial indique la dependencia).”
La respuesta oficial fue muy clara y contestó: Informo, que no se tiene registro de la tramitación de permisos para portar publicidad electoral u oficial de Gobierno del Estado durante los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto del 2024.
Es decir, ningún permisionario solicitó permiso y la SCT no lo otorgó, pero es evidente que han portado publicidad que viola la ley.
Así fue como cada vez se fue entendiendo más el acto ilegal, como todas las unidades que han portado publicidad electoral están en falta, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes les pasó la revista 2024 sin inspección, bajo la condición de colocar publicidad de Ruth González, Sonia Mendoza y el Partido Verde. Esto fue un acuerdo muy evidente, solapar la violación a la ley a cambio de promoción.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha sido omisa, puesto que es de conocimiento público que las unidades portan publicidad electoral y oficial y no ha realizado las inspecciones que pudieran conducir a la sanción correspondiente. Obviamente, si los permisionarios nunca pidieron autorización, debió, en sus labores de inspección, notar la presencia de publicidad y sancionarlos.
Ahora vayamos a las sanciones que están plasmadas en la ley de transporte, en el artículo 127 fracción II, sobre las sanciones al incumplimiento de las obligaciones, de los titulares de concesiones, permisos o autorizaciones, señala que, por portar un vehículo afecto a una concesión, permiso o autorización para la prestación del servicio público de transporte, publicidad sin la autorización correspondiente, multa de cincuenta a trescientas unidades de medida y actualización vigente (UMA) que en 2024 fue de 107 pesos con 57 centavos. Es decir, entre 5 mil 378 pesos a 32 mil 271 pesos sin que se tenga claro cómo se aplica este tabulador.
Ninguna sanción se ha realizado y otro acto más de violación a la ley queda en total impunidad, tras realizar un claro acuerdo con los permisionarios y la titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, Araceli Martínez Acosta para favorecer electoralmente al partido verde y sus candidatos.