Otra forma de pagar infracciones

03.03.2014 18:19

También puedes pagar infracciones con acciones culturales y de educación vial.

La gran mayoría de conductores lo desconoce, pero existe otra forma de poder pagar las infracciones de tránsito de otra manera que no sea generando un pago monetario que pueda afectar directamente tus bolsillos. El artículo 202 del Reglamento de Tránsito del Municipio de San Luis Potosí otorga la posibilidad de pagar con otra opción alguna falta administrativa considerada como no grave.

Dicho artículo textualmente menciona que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 114 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, 31 inciso C) fracción IX de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, 5 y 7 fracción IV del presente Reglamento, se establece el sistema de sustitución de pago de multa total o parcial por participación en programas de cultura y educación vial dirigidos a la prevención de hechos de transito y detección de factores de riesgo.

La Dirección, a solicitud del infractor, podrá otorgar a éste la opción para pagar la multa impuesta o participar en programas de cultura y educación vial; considerándose susceptibles de sustitución las infracciones señaladas en los apartados en la tabla del artículo 197 del presente Reglamento, cumpliendo con el siguiente procedimiento:

 

I. DEL INFRACTOR AL REGLAMENTO DE TRÁNSITO

a) Presentar la solicitud por escrito firmada por el infractor, o su representante legal ante el Juez Calificador, dentro de los diez días hábiles siguientes a cometida la infracción;

b) Anexar al escrito de solicitud carta compromiso de anuencia para participar en los programas de cultura y educación vial implementados por la Dirección, y

c) No deberá encontrarse en el supuesto de reincidencia.

II. DE LA DIRECCIÓN

a) Una vez presentado el escrito que contenga la solicitud y la carta compromiso, el Juez Calificador determinará dentro de los tres días hábiles siguientes la procedencia conforme a los supuestos de sustitución, notificando al infractor del acuerdo recaído en caso de ser procedente la sustitución;

b) Con el acuerdo de procedencia, el Juez Calificador dará vista al Departamento de Educación Vial, el que previa evaluación señalará al infractor en cuál de los programas de cultura o educación vial participará. Tales programas versarán sobre los siguientes aspectos:

III. EDUCACIÓN VIAL

a) Valores Ciudadanos;

b) Conocimientos básicos de Educación Vial;

c) Introducción y conocimiento del Reglamento de TránsitoMunicipal

d) Factores que intervienen en un hecho de transito de tránsito

e) Puntos de orientación en un hecho de transito de tránsito;

f) Conocimiento del vehículo, y

g) Manejo a la defensiva.

IV. CULTURA VIAL

a) Ejecución de apoyo vial a Agente de Tránsito;

b) Actividad de protección Escolar en centros educativos;

c) Exposición didáctica en centros escolares en materia vial;

d) Actividad de difusión de campañas de cultura vial a grupos vulnerables; y

e) Realización de proyecto para promover y difundir la cultura vial en el Municipio de San Luis Potosí.

El Departamento de educación vial evaluará la participación del infractor emitiendo constancia de conclusión, la que podrá ser positiva o negativa, para ser entregada al Juez Calificador, quién dictaminará emitiendo notificación a la Tesorería Municipal y al infractor, para efecto de que se proceda a tener por sustituida la multa impuesta, o en su caso, se proceda al cobro del crédito fiscal.

Así que tienes otra opción para poder pagar tu infracción y que no afecte directamente en tu bolsillo.