No procede aumento al transporte por incumpliento de permisionarios

04.01.2023 14:26

Para que pueda existir un aumento a la tarifa del transporte público en San Luis Potosí, los permisionarios tendrían que cumplir totalmente los compromisos claramente establecidos en la Ley Estatal del Transporte, los cuales no fueron cumplidos en su totalidad, por lo tanto para este 2023 no puede autorizarse ningún aumento.
 

Esto dice la ley en su artículo 94:  "La Secretaría autorizará los incrementos a las tarifas, siempre y cuando cada modalidad haya cumplido con los principios rectores y estándares de calidad establecidos en los artículos, 2°, 67, y 68 de la presente ley, en cuyo caso, se incrementarán anualmente a razón del Índice Nacional de Precios al Consumidor acumulado en el año inmediato anterior que resulte, de acuerdo a la publicación que realice el Instituto Nacional de Estadística y Geografía –INEGI-, en el Diario Oficial de la Federación".
 

El artículo 67 dice muy claro que los autobuses tendrán una antigüedad máxima de diez años.  Con datos de la propia Secretaria de Comunicación del Gobierno del Estado, señala que existen 225 unidades que circulan fuera de la ley al cumplir el plazo establecido.
-12 unidades con 5 años o más.
-11 unidades con 4 años o más.
-69 unidades con 3 años o más.
-30 unidades con 2 años o más.
-100 unidades con un año o más.

 

Respecto a las líneas con unidades vencidas se reparte así:
-30 de Transportes Urbanos y Suburbanos Tangamanga.
-21 de Transportes Asociados Línea Guadalupe.
-20 de la Línea Guadalupe Siglo XXI.
-15 de Transportes Magocam.
-10 de la Alianza de Transporte Urbano y Suburbano Potosino.

 

El mismo artículo señala como compromiso de los permisionarios que las unidades contarán con los sistemas o dispositivos de control y seguridad correspondientes tales como:
1.- Dispositivos o válvulas de control que impidan la aceleración de los vehículos cuando las puertas se encuentren abiertas.
2.- Dispositivos para la georreferenciación de los vehículos en tiempo real. 
3. Dispositivos que gobiernen la velocidad del vehículo, limitándola a sesenta kilómetros por hora en vialidades primarias, y cuarenta kilómetros por hora en vialidades secundarias, manteniendo un nivel confortable de aceleración en ambas.
4. Sistema de cámaras de video colocadas en el interior del vehículo y al frente del mismo, con capacidad para trasmitir las imágenes en tiempo real a la Secretaría, en los términos que la misma determine, debiendo conservar los archivos generados por dicho sistema, en apego a lo dispuesto por el Reglamento de esta ley.

 

Respecto a la mejora de la calidad en el servicio y una buena atención al usuario, tampoco se ha cumplido y en contraparte, las quejas siguen incrementandose y las líneas que las acumulan son : Transporte Urbano y Suburbano Tequis, Transportes Tangamanga, Transportes Asociados Línea Guadalupe y Transporte Urbano y Suburbano Línea Saucito.
 

La Comisión de Comunicaciones  y Transportes del Congreso del Estado, que preside la diputada Ma Elena Ramírez Ramírez durante todo el año, jamás se puso a trabajar y revisar los cumplimientos que exige la ley y al final de año, señaló que Comisión solicitará un informe a la dependencia estatal sobre la capacitación y supervisión a operadores del transporte público.
Por su parte, los consesionarios que integran el pulpo camionero en San Luis, ya presionan para que se les de el aumento a la tarifa para este 2023, a pesar de tener pleno conocimiento de que nunca cumplieron en su totalidad con los compromisos señalados en la ley.