Niegan amparo Noé Lara tras investigación de la ASF

08.01.2025 15:47

El Juzgado octavo de Distrito resolvió desechar la demanda de amparo 1022/2024 promovida por Noé Lara Enríquez, ex Oficial Mayor del Ayuntamiento de San Luis Potosí y actual oficial mayor del gobierno estatal, quien buscaba protegerse contra actos de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) relacionados con un procedimiento administrativo en su contra por presunto abuso de funciones.

El caso y la solicitud de amparo
Lara Enríquez presentó la demanda luego de ser citado a una audiencia inicial de procedimiento administrativo derivado de acusaciones por irregularidades en su desempeño como servidor público durante la administración municipal de Ricardo Gallardo Júarez como alcalde de la capital potosina, donde existen millonarios quebrantos que hasta la fecha siguen impunes, basta recordar el caso de Sandra Sánchez Ruíz, aquel fantasmagórico proveedor al que se le pagaron más de 60 millones en medicamentos genéricos y que presuntamente nunca se entregaron.

Entre los actos reclamados por el exfuncionario se encuentra el citatorio oficial emitido por la ASF y la notificación correspondiente, que consideró violatorios de sus derechos. En su demanda, Lara argumentó que dichos actos vulneraban garantías fundamentales y representaban una afectación de imposible reparación.

Lo que resolvió el Juzgado
El Juzgado determinó que los actos señalados no afectan de forma directa e inmediata derechos fundamentales, ya que son parte de un procedimiento en curso, no una resolución definitiva. En palabras del tribunal, estos actos simplemente informan y preparan al quejoso para ejercer su derecho de defensa dentro del proceso administrativo.

De acuerdo con la Ley de Amparo, el juicio solo procede cuando los actos reclamados tienen un impacto irreparable, lo cual no aplica en este caso. Por ello, el Juzgado concluyó que la solicitud de Lara Enríquez es improcedente y desechó la demanda.

El contexto del procedimiento administrativo
El proceso en cuestión se deriva de una investigación de la Auditoría Superior de la Federación, que acusa al exfuncionario de cometer una falta administrativa grave, presuntamente relacionada con abuso de funciones. La citación tenía como propósito notificarle la fecha de una audiencia para que presentara pruebas y argumentos en su defensa.

Según el tribunal, esta audiencia no constituye una sanción ni un acto definitivo, sino un paso normal del procedimiento que garantiza su derecho de audiencia, conforme a la Constitución. Además, el tribunal recordó que, si el proceso resultara en una resolución desfavorable para el quejoso, este aún tendría otras vías legales para impugnarla.


Implicaciones de la resolución

El fallo subraya que el juicio de amparo no debe utilizarse como herramienta para frenar procedimientos legales en etapas iniciales. Además, deja claro que los actos preparatorios, como citatorios o notificaciones, no constituyen daños irreparables.
En el caso de Lara Enríquez, el procedimiento administrativo sigue en curso y las acusaciones deberán resolverse en su debido momento.


Conclusión
El Juzgado de Distrito determinó que la demanda de amparo del ex Oficial Mayor Noé Lara Enríquez no tiene sustento legal. Ahora, el exfuncionario deberá enfrentar el proceso administrativo en su contra, que continúa bajo los términos establecidos por la Auditoría Superior de la Federación.

Esta decisión reafirma que el juicio de amparo no es un mecanismo para eludir procesos legales legítimos, sino una herramienta para proteger derechos cuando efectivamente están en riesgo.